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Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Almería

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Dirección: c/ Antonio González Egea, 11

Localidad: 04001 Almería

Tlf: 950 621 200

Fax: 950 240 374

PREMAAT Plus Ahorro 2012

PREMAAT pone a disposición del público, un nuevo producto pensado para mejorar la jubilación.

Más detalles.

A continuación detallamos algunas de las preguntas más frecuentes:

  • ¿Puedo traspasar el fondo constituido de otros productos de PREMAAT a PREMAAT PLUS?
    No, puesto que son productos diferentes e independientes no es posible traspasar fondos de uno a otro.
  • ¿Qué fiscalidad tiene?
    Para colegiados, que utilizan la mutualidad como alternativa al RETA, (implica la pertenencia al grupo básico o grupo 2000), será deducible como gasto de actividades económicas hasta el tope de 4.500 €, incluyendo el resto de productos contratados en PRMAAT (art. 30 IRPF). El exceso, reduce la base imponible general, (art. 51 IRPF) hasta 12.500 € (o 10.000 € para menores de 50 años), con ciertos límites. Los cónyuges, familiares y consanguíneos en primer grado y trabajadores de la mutualidad, también disfrutan de dicha ventaja fiscal.
  • ¿Qué rentabilidad tiene?
    Una rentabilidad mínima garantizada del 1.5%. Aunque, como es habitual en PREMAAT, la rentabilidad real será superior a la participación en beneficios.
  • ¿Cuánto tengo que invertir para tener una buena jubilación?
    Depende de la edad del asegurado. Cuanto antes empiece a ahorrar, mejor. En lineas generales, llegar a los 65 años con un fondo acumulado de unos 124.000 € (por aportaciones y rentabilidad), permite constituir una renta vitalicia de unos 600 € (ejemplo hipotético aproximado para varón, 12 pagas, sin gastos de gestión, rentabilidad esperada durante la jubilación del 3%)

Precios y Condiciones Sanitas PREMAAT 2011

Los asegurados que decidan contratar este producto con fecha 01/01/2011 se beneficiarán con 3 mensualidades gratis.

Más detalles.

MUSAAT

MUSAAT. Mutua de Seguros a Prima Fija, es una sociedad sin responsabilidad de los mutualistas por las deudas sociales, constituida con fecha 28 de Mayo de 1983, con autorización administrativa M-368.

Su funcionamiento, sin ánimo de lucro, se rige por la Ley de la Ordenación sobre Seguros Privados, siendo su ámbito  de actuación todo el Espacio Económico Europeo, y su duración ilimitada.

Será objeto de la Entidad el seguro mutuo entre sus asociados de las prestaciones que se tuvieran que satisfacer como consecuencia de los contratos de seguro concertados y de lo establecido en el condicionado de las respectivas Pólizas, todo ello con arreglo a lo dispuesto en sus Estatutos.

El seguro practicado por la Mutua se dirigirá muy especialmente a los diversos colectivos de profesionales titulados y agentes de la construcción.

Constituyen a la fecha dicho objeto dentro del ámbito de los Seguros Generales, los siguientes ramos:

  • El Seguro de Responsabilidad Civil.
  • El Seguro de Incendios y Otros Daños a los Bienes.
  • El Seguro de Accidentes.
  • Cualquier otro Ramo de Seguro que el Consejo de Administración considerase de interés establecer para sus asociados y fuese autorizado por el Organismo Oficial que tenga atribuido tal cometido.

Dicha gestión se realizan a través del :
Área de Colegiados
Departamento de Colegiación-Premaat-Musaat
Encargado: Carlos Lucas Bueso
Tfno: 950-621406
e-mail: marisacm@coaat-al.es
 

Para más información acerca de esta entidad, puedes visitar la Web de MUSAAT : www.musaat.es

PREMAAT

PREMAAT es una entidad aseguradora de duración indefinida y sin ánimo de lucro. Basada en los principios de solidaridad, equidad y suficiencia. Tiene por objeto, único y exclusivo, proteger a sus mutualistas, beneficiarios y derechohabientes frente a las contingencias previstas en sus Reglamentos.

Está inscrita en el Registro Especial de Entidades Aseguradoras de la Dirección General de Seguros, Órgano de Control de quien depende, y en el Registro Mercantil de Madrid.

Actualmente, la actividad aseguradora de PREMAAT tiene carácter alternativo y complementario al sistema público de la Seguridad Social.

La relación jurídica entre PREMAAT y el mutualista, derivada de su condición de socio, es estatuaria y se rige por sus Estatutos y Reglamentos y por lo dispuesto en la Ley 30/1995 de 8 de noviembre de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y normas de desarrollo, así como por los acuerdos de los Órganos Rectores de la Mutualidad.

Por su parte, la relación entre ambos, en su condición de tomador del seguro, asegurado y beneficiario, es contractual y se rige por lo previsto en la Ley de Contrato del Seguro y en los Reglamentos de la entidad que regulan las prestaciones.

Los mutualistas han de pertenecer a un grupo de prestaciones de afiliación obligatoria que será el Básico ó el 2000, pudiendo, además, darse de alta en los grupos Complementarios.

Las cuotas ordinarias son mensuales y se satisfacen hasta en tanto no se devenga la prestación de jubilación o antes, si el mutualista fallece, se invalida o causa baja.

Actualmente, PREMAAT está ya consolidada y posicionada hacia el futuro, constituyéndose en la más completa opción de previsión, con el mejor servicio para el Aparejador y el Arquitecto Técnico.

Dicha gestión se realizan a través del :
Área de Colegiados
Departamento de Colegiación-Premaat-Musaat
Encargado: Carlos Lucas Bueso
Tfno: 950-621406
e-mail: marisacm@coaat-al.es
 

Para más información acerca de esta entidad, puedes visitar la Web de PREMAAT : www.premaat.es