Colegio ¿Cómo colegiarme?
Todos los trámites que se muestran a continuación pueden hacerse on-line mandando toda la documentación solicitada en formato pdf y firmada digitalmente al siguiente correo: colegiacion-mutuas@coaat-al.es
Para precolegiarse, necesitarás cumplir con los requisitos que se explican en este folleto y enviar la siguiente documentación:
Para la solicitud de colegiación se presentará el modelo de impreso correspondiente y se acompañará de la siguiente documentación: |
NUEVO INGRESO |
REINGRESO |
OTRO COLEGIO |
Solicitud de Alta en el Colegio | SI | SI | SI |
Orden de Domiciliación SEPA | SI | SI | SI |
Declaración Jurada de no Inhabilitación | SI | SI | SI |
Fotocopia del Título Oficial o Certificación Supletoria Provisional** | SI | ||
Certificado del Colegio de Origen | SI | ||
Fotocopia del D.N.I. | SI | SI | SI |
3 Fotografias tamaño carnet o fotografía digital | SI | SI | SI |
Abono de la cuota de Incorporación | SI | SI | SI |
De 0 a 3 meses desde pago de derechos título (subvencionado 100%) ...... 0 € De 3 a 6 meses desde pago de derechos título (subvencionado 60%) ... 50.0 € De 6 a 12 meses desde pago de derechos título (subvencionado 50%) ... 75.0 € Desde 12 meses desde pago de derechos título .......................... 125.0 € (en 2 plazos) Procedentes de otro colegio ................................................. 125.0 € Readmisión (subvencionado 66.66%) .................................... 60.0 € Sucesivas Readminisones
.................................................... 180.0 € **La certificación supletoria provisional deberá incorporar el número de Registro Nacional de Titulados Universitarios Oficiales. (Art. 14 del R.D. 1002/2010 de 5 de agosto) |
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Ver cuotas mensuales |
En caso de ser una Sociedad Profesional y quiera colegiarse, en todos los casos deberá presentar la siguiente documentación:
Para que un colegiado de Almería se traslade a otro colegio, tan solo deberá rellenar la siguiente solicitud para obtener un certificado a presentar en el colegio de destino y cumplir con los requisitos que este requiera
Es conveniente tener en cuenta, que según acuerdo de Junta de Gobierno de 14 de noviembre de 2017, con carácter general, el colegiado que pida causar baja en el colegio, si lo solicita entre el día 1 y el 25 del mes, la baja será efectiva el día uno del mes siguiente, pasado este plazo, es decir, si la solicitud se efectúa desde el día 26 hasta el último día del mes, la baja se hará efectiva el día primero del mes correlativo al siguiente en que se solicito la baja
Para cualquier otra gestión relacionada con su colegiación o con sus datos personales,
póngase en contacto con nuestro Departamento de Colegiación en el teléfono 950 62 14 06.
Estaremos encantados de atenderle.